Mary Wollstonecraft y su influencia en el feminismo ilustrado

Vindicación de los derechos de la mujer

Mary Wollstonecraft es considerada la primera persona en publicar un ensayo sistematizado respecto a la situación de la mujer y en reclamar de forma explícita el reconocimiento de sus derechos. La filósofa Mary Wollstonecraft tuvo una vida corta, pues murió a los 38 años de edad en 1797 habiendo nacido en Londres en 1759. A pesar de no haber llegado a la cuarentena, Mary Wollstonecraft logró convertirse en una de las personalidades indispensables para la Modernidad.

“Quiero al hombre como compañero; pero su cetro, real o usurpado, no se extiende hasta mí, a no ser que la razón de un individuo reclame mi homenaje; e incluso entonces la sumisión es a la razón y no al hombre” (Vindicación de los derechos de la mujer, Wollstonecraft).

Reconocer la labor de Mary Wollstonecraft no es una concesión a una tradición menor, sino que se trata de un referente cultural de primer orden que no puede ignorar una persona mínimamente culta y educada. Se deben conocer las formas en las que la humanidad ha comprendido su propio progreso y condición, lo cual es inseparable, entre otros aspectos, de los movimientos sociales feministas y de sus formas conceptuales asociadas.

La extraordinaria condición de Mary Wollstonecraft se manifestó allende su incisiva capacidad crítica, pues también sus allegados fueron notables figuras de la cultura europea: fue madre de la destacada escritora Mary Shelley quien se casó con el también escritor Percy Shelley, y su marido fue el filósofo William Godwin.

Se suele aceptar que la Vindicación de los derechos de la mujer, publicada en 1792, es un texto fundacional del feminismo, el cual se encuentra en relación intrínseca con la Ilustración. Si bien es cierto que se percibe un tono panfletario en el estilo en el que se expresa, también lo es su nexo indisoluble con las ideas de la modernidad ilustrada que fundamentaban los procesos políticos revolucionarios de los cuales quedaban excluidas las mujeres. El paradigma ilustrado de la vindicación es uno de los primeros en los que el desarrollo del feminismo se ha ido tematizando a lo largo de la historia. En este caso se trata de una crítica político-filosófica orientada a la radicalización de la Ilustración.

Primera edición impresa de Vindicación de los derechos de la mujer.

Wollstonecraft defendió la igualdad entre los géneros y la lucha contra los prejuicios, así como reclamó una educación para las niñas que sea igual que la de los niños y, en definitiva, la ciudadanía para la mujer. Defendió vigorosamente la educación racional de las mujeres y criticó a filósofos como Jean-Jacques Rousseau, además de luchar contra los prejuicios.

“Me parece necesario extenderme en estas verdades obvias, ya que las mujeres han sido aisladas, por así decirlo. Y cuando se las ha despojado de las virtudes que visten a la humanidad, se las ha engalanado con gracias artificiales que les posibilitan ejercer una breve tiranía. Como el amor ocupa en su pecho el lugar de toda pasión más noble, su única ambición es ser hermosa para suscitar emociones en vez de inspirar respeto; y este deseo innoble, igual que el servilismo en las monarquías absolutas, destruye toda fortaleza de carácter. La libertad es la madre de la virtud y si por su misma constitución las mujeres son esclavas y no se les permite respirar el aire vigoroso de la libertad, deben languidecer por siempre y ser consideradas como exóticas y hermosas imperfecciones de la naturaleza.” (Vindicación de los derechos de la mujer, Wollstonecraft)

Entendía que la emancipación procede de la libertad de la razón humana. A esto apeló Kant para responder a la pregunta ¿qué es Ilustración? Sapere Aude (atrévete a saber) es la célebre consigna a la que alude el filósofo alemán para despojarse de las ataduras de la heteronomía. La reacción de la razón autónoma es el elemento emancipador que, por su propio carácter, debe ser aplicado de igual manera a las mujeres. Wollstonecraft sintoniza con este ideal racional y lo deja claro diciendo que “Quiero al hombre como compañero; pero su cetro, real o usurpado, no se extiende hasta mí, a no ser que la razón de un individuo reclame mi homenaje; e incluso entonces la sumisión es a la razón y no al hombre” (Vindicación de los derechos de la mujer).

Lo que está en juego es la igualdad entre mujeres y hombres. Para no encallarnos en discusiones infecundas sobre la naturaleza de los sexos, es imperioso remontarse a la circunstancia histórica en la que surge la igualdad como noción con rendimiento explicativo determinante en la política moderna. En el contexto de la crisis de las jerarquías estamentales florece el concepto político de igualdad, es entonces cuando se da una “horizontalización” de las categorías teórico-políticas y emergen abstracciones universalizadoras como ciudadano o la concepción moderna de libertad.

Universalizar exige no atender a las determinaciones empíricas para fundamentar la condición política de la persona. En esta abstracción reside la igualdad ciudadana, la cual consiste precisamente en hacer abstracción de las diferencias entre noble y villano en lo que respecta a su consideración jurídico-política. Sólo así seríamos todos iguales frente a las leyes, las obligaciones y derechos. Esto puede parecer evidente y trivial para las nociones políticas más o menos aceptadas y compartidas en la actualidad, pero no hay que dejar de mencionar que ha sido necesario implantar históricamente estas abstracciones en unas condiciones sociales en las que no eran tan obvias.

Retrato de Mary Wollstonecraft. Pintado por John Opie.

La abstracción de la idea de ciudadanía se opone a las jerarquías estamentales y su apelación a la condición natural. En los momentos históricos en los que no existían conceptos universalizadores de estas características, no era posible articular la noción de vindicación. La vindicación responde a la aplicación en términos restrictivos de las abstracciones universales. En un contexto estamental de la sociedad no se puede decir que exista discriminación en el sentido propio (lo cual no quiere decir que no exista opresión o que sea una situación favorable). Para que se pueda dar la discriminación es preciso que exista un concepto universalizador políticamente operativo cuya aplicación se niegue a un colectivo.

La vindicación se articula cuando aparece la discriminación, que se basa en negar la aplicación de forma arbitraria a un colectivo determinado una idea generalizadora con vocación universalizadora. Por tanto, la posibilidad de articular vindicaciones se encuentra orgánicamente vinculada con la idea de igualdad. La fuerza de esta idea no radica en considerar que las identidades entre varones y mujeres sean las mismas, sino que en determinados planos abstractos nos encontramos en la misma situación. La individualidad sería, entonces, lo que tenemos en común y no lo que nos diferencia identitariamente.

Mary Wollstonecraft vindicó los derechos de la mujer y, por tanto, pretendía anular las restricciones de la aplicación de los ideales políticos ilustrados. Por consiguiente, es una crítica que conduce a la radicalización de la Ilustración y no a su antagonismo. A este respecto Posada Kubissa (2009) expresa que “Puede decirse, por tanto y sin temor a excomuniones filosóficas, que la Ilustración fue emanada y resuelta sólo para la mitad masculina de la razón humana. Pero lo que ya no es tan reconocido es que, a la vez, resultó ser la cuna del feminismo, como movimiento teórico y político”. Esto deja claro que el feminismo ha sido determinante en la Ilustración, así como la Ilustración lo ha sido para el feminismo. Se está aludiendo a la idea de una “tradición feminista” (a la que hace referencia Celia Amorós) incluso teniendo en cuenta que el término aparecerá tiempo después. Dependiendo de la conceptualización que se realice se podrán determinar las sucesivas olas.

En conclusión, es conveniente señalar que siempre se pueden encontrar antecedentes como Christine de Pizan o Poullain de la Barre. Sin embargo, el género vindicativo aparece en la Ilustración, la cual quedaría truncada sin la crítica feminista de Mary Wollstonecraft. Tampoco hay que olvidar la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana de Olympe de Gouges.

Bibliografía

Amorós, C. “El feminismo: senda no transitada de la Ilustración”. Isegoría. N. 1, 1990.

Hacia una crítica de la razón patriarcal. Ed. Anthropos. 1991: Barcelona.

―“Presentación en el bicentenario de Mary WolIstonecraft”. Isegoría. N.6, 1992.

Amorós, C. y de Miguel, A. (eds.) Teoría feminista, Vol. 1. De la Ilustración al segundo sexo. Ed. Minerva. 2010: Madrid.

Cobo Bedía, R. “Mary Wollstonecraft. Un caso de feminismo ilustrado”. Reis. N. 48, 1989.

Fernández Poza, M. “A propósito de Mary Wollstonecraft”. Cuadernos de historia contemporánea. N. 20, 1998.

Lorenzo-Modia, M. J. “La vindicación de los derechos de la mujer antes de Mary Wollstonecraft”. Philologia hispalensis. N. 2, Vol.17, 2003.

Posada Kubissa, L. “Filosofía y Feminismo en Celia Amorós”. Logos. N. 42, 2009.

Wollstonecraft, M. Vindicación de los derechos de la mujer. Ed. Cátedra, Instituto de la Mujer. 2000: Madrid.

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